domingo, 22 de febrero de 2015

Estado de Derecho, Institucionalidad y Democracia. Por Andrés Medina

Estado de Derecho, Institucionalidad y Democracia

Por Andrés Medina
Presidente de Es Tu Derecho - UCAB Guayana
@twaamg


En Venezuela hay dos enormes polos que desde hace años han monopolizado la política nacional: El discurso, las acciones y sus colores. Se ha aplicado de manera indefinida el "O estás conmigo, o estas contra mi" simbolizando una guerra política del bien contra el mal proclamada, con eufemismos, desde ambos polos. 

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) son estos dos polos, ellos se reconocen entre sí, pero se encierran en el dualismo "Pitiyankees apátridas no volverán" y "a estos chavistas marginales hay que sacarlos como sea". Han desconocido cualquier otra posición política bajo el disfraz de oposición y oficialismo, calificando a quienes salimos de éste esquema polarizante como indefinidos o niní.

Esta polarización desvirtúa la verdadera representación del pueblo que deberían ser, por excelencia, lo partidos políticos. Hoy en día los partidos políticos pierden su esencia democrática que por naturaleza debería pesar sobre ellos cuando solo proponen hacerse con el poder, para quedarse con él. La propuesta o bandera política de los partidos no puede ser solo tumbar al poder actual, y menos en estas circunstancias, la propuesta de los partidos políticos debe ser representar las múltiples necesidades de todo el pueblo venezolano independientemente de sus posturas políticas; y eso no se logra -como muy bien decía una profesora hace uno meses- "cambiando a los del PSUV por los de Voluntad Popular". Ni por Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, COPEI, o el resto de la MUD.

Esto se logra al jurídificar mecanismos en los cuales 1) Se controle al poder, 2) Se rescate la institucionalidad del Estado Venezolano y 3) Se logre satisfacer las verdaderas necesidades del pueblo a través de la representación política.

El primer mecanismo se consigue estableciendo un sistema de pesos y contrapesos que distancien al poder ejecutivo de las funciones correspondientes al poder legislativo, esto quiere decir que el presidente no pueda sancionar leyes a capricho; y que además se debe asegurar con un poder judicial autónomo, sin color político y justo, ya que actualmente pareciera que la jurisdicción de los tribunales no aplica para los altos jefe del partido que hoy es gobierno. La aplicación de la ley debe ser como la describía Rousseau: que no exceptué a nadie.

El segundo mecanismo que debemos accionar es insistir en la reinstitucionalización del Estado. Se ha hecho evidente la ambigua y precaria institucionalidad de la súper-estructura Estatal venezolana. En Venezuela el PSUV no solo es gobierno, sino que además es Estado y según su discurso hasta es pueblo. El PSUV lo es todo, su política ha sido la sistemática desistitucionalización del poder público, esto sucede cuando no se separa la institucionalidad del Estado, con la institucionalidad del gobierno y peor aún, con la del partido. 

En el tercer mecanismo, quisiera rescatar que no quiero que mis palabras sean entendidas como un rechazo a los partidos políticos, es erróneo pensar que se puede concebir una democracia sin ellos, pero ojo, tampoco se puede concebir una democracia con partidos políticos NO democráticos. La desvinculación de las agendas de los partidos con los intereses de las comunidades se ha vuelto asfixiante. Necesitamos partidos políticos que puedan representar un verdadero debate ideológico que arroje soluciones serias a las crisis que arropan a los venezolanos.

Así que mi exigencia como venezolano a los partidos políticos es que 1) en la asamblea nacional se discutan y a posteriori se aprueben los mecanismos necesario para limitar el poder del ejecutivo a través de la reconstrucción del Estado de Derecho, 2) que se exija la separación clara y definitiva de la institucionalidad del Estado, de sus poderes y de cualquier partido que sea gobierno, y que finalmente, 3) sean la verdadera voz del pueblo y representen nuestras necesidades. Números, estadísticas, fechas, cálculos, porcentajes, pronósticos, consecuencias, propuestas, referencias históricas, ¡Por Dios, debates lógicos!

Los venezolanos necesitamos una mejor clase política, política seria y verdaderos políticos.

jueves, 5 de febrero de 2015

Sobre la designación del Decano de una Facultad de Universidad.

Estatuto Orgánico
Universidad Católica Andrés Bello

Facultades de la Universidad: integrantes, órganos de Gobierno

Artículo 33.  Facultades: órganos
Las Facultades de la Universidad Católica Andrés Bello están formadas por Escuelas, Institutos y demás dependencias de carácter académico y administrativo que señale el presente Estatuto Orgánico de acuerdo con las leyes y reglamentos.


Artículo 34. Integrantes de las Facultades.  Las Facultades de la Universidad Católica Andrés Bello estarán integradas por el Decano, los Directores de Escuelas e Institutos, los miembros del personal docente y de investigación, los miembros honorarios, los estudiantes y los representantes de los egresados en la forma establecida por el presente Estatuto Orgánico, conforme a las leyes y reglamentos.
Artículo 40. Consejo de la Facultad: órganos de Gobierno. El Consejo de la Facultad estará integrado por el Decano, quien lo presidirá, los Directores de Escuelas e Institutos constituidos conforme a la Ley y adscritos a las Facultades, los representantes de los Profesores, dos representantes de los estudiantes y un representante de los egresados.
(…Omissis..).


Artículo 43. De los Decanos, condiciones de designación, duración del período. Los Decanos deberán reunir las condiciones establecidas en la Ley de Universidades; durará cuatro (4) años en el ejercicio de sus funciones, y serán designados conforme a lo previsto en el numeral 4 del artículo 25 del presente Estatuto.
En caso de faltas temporales de un Decano, el Rector designará para suplirlo a un Director de la respectiva Facultad, o a un profesor de la misma que reúna las condiciones para ser Decano. En caso de faltas absolutas se procederá a una nueva designación para un período completo con arreglo a las normas de este Estatuto.
Artículo 25. Decanos,  procedimiento para la designación. Son atribuciones del Rector: (…Omissis...)
4. Proponer al Consejo Universitario el nombramiento de los Decanos después de oír la opinión del Consejo de la Facultad respectiva.
5. La opinión será vinculante para el Rector, si el candidato propuesto fuere rechazado por las dos terceras partes de los miembros del Consejo de Facultad;

Ley de Universidades

Artículo 64. Los Decanos de las Facultades deben ser ciudadanos venezolanos, reunir elevadas condiciones morales, poseer título de Doctor otorgado por una Universidad del país, tener suficientes credenciales científicas o profesionales  y haber ejercido con idoneidad, por lo menos durante cinco años, funciones universitarias, docentes o de investigación.



Centro de Estudiantes de Derecho. UCAB. 2014-2015.

miércoles, 4 de febrero de 2015

Resultados de la V edición del Modelo de Asamblea Nacional del Centro de Estudiantes de Derecho #PropuestasVzla2015


El fin de semana comprendido los días viernes 30 y sábado 31 de enero del presente año se realizó la 5° edición de Modelo de Asamblea Nacional del Centro de Estudiantes de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello. Este evento fue recibido en su apertura con la ponencia del Prof. Jesús María Casal quien expuso de la función legislativa y de control que sigue el Parlamento como órgano del Poder Público Nacional.

Durante dos días, se realizó la interpelación a las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional de Política Exterior, Soberanía e Integración; Finanzas y Desarrollo Económico; Defensa y Seguridad y; Política Interior, representadas por estudiantes de la Universidad Católica Andrés Bello y la Universidad Santa María de Caracas, como invitados inscritos al evento, gracias a la contribución y alianza con el Centro de Estudiantes de Derecho de la Universidad Santa María (CEDUSM).



En el transcurso del evento, los estudiantes estudiaron la gestión realizada por cada una de estas comsiones meticulosamente durante el año 2014 y formularon un debate adecuado a la realidad del contexto político venezolano. Se tocó temas como las denuncias de Venezuela a pactos internacionales, el desconocimiento de obligaciones provenientes de estos acuerdos, el régimen de la Ley de Precios Justos, la falta de moderación en la cesión de créditos por parte de la Asamblea Nacional, el gran número de divisas invertidas en Defensa y Seguridad de la Nación por encima de cualquier otro servicio público, el deterioro de las instituciones públicas, entre otras temáticas pertinentes. Después de cada interpelación, los estudiantes debieron consignar un informe de la discusión donde se estableciera de manera breve lo discutido, lo alegado, las interpelaciones realizadas y finalmente, las propuestas para próximas gestiones. Estos escritos, llamados "informes de las comisiones redactoras" tienen por lugar, integrar las propuestas de los estudiantes para el ejercicio del parlamentarismo en una nueva gestión, para el nuevo proyecto que está llevando el Centro de Estudiantes de Derecho con la Escuela de Derecho y toda la Universidad Católica Andrés Bello, conocido como "'¿Cómo construir institucionalidad democrática en Venezuela?" y del que pueden hacer seguimiento a través del hashtag #PropuestasVzla2015

Este evento estuvo presidido durante dos días por los siguientes miembros directivos y coordinadores del evento: Roberto Aponte, Diana Iglesias, Harold Miñarro, Ana Teresa Valladares, Mariana Scolaro y Leonardo Verónico. El resultante como ganador de este evento bajo la enunciación de "Mejor Diputado" por su ejemplaridad y excelencia en la representación parlamentaria resultó en Gabriel Velazco, estudiante de primer año de Derecho, quien se hizo acreedor de un cupo en el XIII Diplomado de Gobernabilidad y Gerencia Política del Centro de Estudios Políticos de la UCAB.

Las menciones fueron seguidas por: Gabriel Ortiz (1era mención honorífica), Faisal Yamil  (2nda mención honorífica y mejor presentación audiovisual), José Gregorio Contreras (mención verbal) y 



Próximamente podrán ver las conclusiones de este evento y las #PropuestasVzla2015 con el resto de actividades que se regirán también por este motivo.



Centro de Estudiantes de Derecho, UCAB, 2015.
Lugar: Sala de Juicios.
Fotos: Andrés Abreu y Carolina Álvarez



"No es Guantánamo, es «La tumba»" por Andrés Abreu Urdaneta

No es Guantánamo, es “La Tumba”

Por Andrés Abreu Urdaneta
@andresabreu


Hace algunas semanas trascendió a la prensa la presunta existencia de una celda llamada “La Tumba” ubicada en la sede del SEBIN de Plaza Venezuela. Según explica Theresly Malavé, directora de la ONG Justicia y Progreso y Tamara Suju, abogado del Foro Penal Venezolano, se trata de un espacio ubicado en el sótano 5 del edificio del SEBIN donde no existe luz natural y no se escucha ningún sonido distinto al del paso de metro. Las celdas son de 2  x 3  metros, totalmente pintadas de blanco donde los detenidos permanecen las 24 horas del día. No existe noción del tiempo, por lo que ni siquiera saben si es de día o es de noche.

En “La tumba” permanecen Lorent Saleh, Gerardo Carrero y Gabriel Valles, detenidos en 2014. Mientras están en la celda se encuentran vigilados permanentemente mediante cámaras y micrófonos, utilizan un uniforme color kaki que solo se cambian cuando reciben a alguna de las dos personas autorizadas para visitarlos. Según distintas informaciones, Saleh ha sido visitado por fiscales del Ministerio Público quienes buscan declaraciones en contra de otros venezolanos a cambio de algunos beneficios; Lorent Saleh se ha negado a declarar.

¿Cómo es posible siquiera la idea de que exista un lugar como “La Tumba” en pleno siglo XXI?, ¿Cómo es posible que un gobierno que se jacte de respetar los Derechos Humanos pueda mantener espacios como este?

Recordemos el artículo 46 de nuestra Constitución que establece lo siguiente:
Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; en consecuencia:
1-    Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación.
2-    Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
(…)
4-    Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.
Nuestra Constitución es clara, “Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” y  “toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”

Igual de clara es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que establece en su artículo 5 “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

El trato que reciben estos tres venezolanos no puede calificarse como digno y respetuoso a su condición de ser humano. Se encuentran en una celda las 24 horas del día, solo han visto la luz del sol 3 veces en los 5 meses que llevan detenidos en este lugar, cada vez por tan solo una hora; el resto del tiempo han permanecido encerrados en un espacio de 2 x 3  metros en el cual no existe otro color que no sea el blanco y no existe otro sonido distinto al del paso del metro, acompañado por el frío propio de un ambiente 5 niveles por debajo de la superficie que no obstante se ve acentuado por el aire acondicionado presente en las celdas que ha funcionado como medio de torturas: Cuando desean hacerlo, bajan la temperatura del aire.

Esto recuerda de manera inevitable a los relatos de Omar Khadr, canadiense detenido en Guantánamo que relató las condiciones en las que se encontraba: No existían los días ni las noches, las luces estaban encendidas las 24 horas, el frio de la refrigeración destrozaba sus pulmones, entre muchas otras torturas que iban desde golpes constantes hasta amenazas de ser violado por un soldado egipcio al que se le conocía como “El Número Nueve”.

Es alarmante como el relato de un ex prisionero de Guantánamo, tomando en cuenta todo lo que este lugar significa, se asemeja tanto con lo que se vive en nuestro país. Tres venezolanos se encuentran en condiciones que son inaceptables internacionalmente, condiciones que eran totalmente desconocidas hasta hace algunas semanas.

Por su parte el defensor del pueblo, Tarek William Saab, declaró que los detenidos del SEBIN no han sido objetos de tortura, “allí ninguno de los muchachos dijo que ellos eran como tal torturados”. ¿A qué se refiere con “como tal torturados”? Pareciera ser que, desde el punto de vista del defensor del pueblo o de la consultoría jurídica de la consultoría, estas condiciones son totalmente aceptables. Vale la pena recordar cuando la ex defensora del pueblo, Gabriela Del Mar Ramírez estableció que "La tortura tiene un sentido, por eso tenemos que ser muy rigurosos con el uso de los términos. Con la tortura se emplea sufrimiento físico a una persona para obtener una confesión”. Sobre la base de esto, ¿tendría sentido la existencia de “La Tumba” para obtener una confesión?

Sin duda alguna me uno a la reflexión que realiza la abogada Tamara Suju quien establece que “La Tumba” es hoy la nueva Rotunda del Siglo XXI. Me atrevería a agregar que se trata de la sucursal de Guantánamo en Venezuela, o aún peor.